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jueves, 14 de enero de 2021

Nuevo año, nuevo permiso de paternidad


Llegó 2021, será un año de grandes cambios en materia laboral. Una de estas reformas, muy esperada por muchas familias, se ha estrenado ya con una buena noticia para los padres: desde este 1 de enero de 2021 el permiso de paternidad se ha equiparado totalmente al de maternidad

Este permiso, remunerado al cien por cien, y con una duración de 16 semanas, contemplado en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado en marzo de 2019, iguala a los dos progenitores y establece que la prestación por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento es un derecho individual y no transferible. 

Esta licencia cubre 16 semanas, de las que seis deben disfrutarse de forma simultánea y obligatoria inmediatamente después del parto. Las otras 10 pueden sumarse a las seis obligatorias o cogerse de manera interrumpida en periodos mínimos semanales durante el primer año del bebé

El primer tramo se disfrutará a jornada completa, mientras que el segundo podrá repartirse a jornada completa o parcial, pero no podrán cederse, y requerirá un acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora. 

Además, se contempla la ampliación del permiso si

· Hay nacimiento, adopción o acogimiento múltiples, se ampliará una semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo. 

· Un hijo tiene discapacidad, se aumenta en una semana para cada progenitor. 

· Se produce parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto: un máximo de 13 semanas. 

Según datos de la Seguridad Social, se prevé que esta ampliación en 2021 beneficie a 236.000 progenitores y para hacer frente a la igualación de permisos se han dotado 2.784 millones en esta partida, un 11,4% más que en 2020. 

El padre tiene derecho a un periodo de excedencia o descanso laboral por nacimiento o adopción, por el que percibe el 100% de su base reguladora y que está exenta de IRPF

Como requisitos para poder recibir la prestación se exige haber cotizado durante al menos 180 días en los últimos siete años o 360 días en toda la vida laboral

La prestación económica del permiso de paternidad es equivalente al 100% de la base reguladora, que será la que se corresponda con la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes, tomando como fecha de inicio de descanso. 

Esta base reguladora se calcula teniendo en cuenta la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al disfrute del permiso, excluyendo las cotizaciones por horas extraordinarias, dividida por el número de días a que corresponda dicha cotización. 

Esta cantidad diaria se multiplica por el número de días de disfrute del permiso, en este caso, 90. Los permisos por paternidad y maternidad están exentos de IRPF, por lo que no hay obligación de aplicar retenciones a estas prestaciones ni tampoco tributar por ellas. 

Esta cuantía es, por tanto, la que se recibe en términos netos, y será la que llegue a nuestra cuenta bancaria. 

En el portal Tu Seguridad Social se puede solicitar de forma telemática la prestación con certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve permanente. 

Desde agosto, el Instituto Social de la Seguridad Social (INSS) amplió su servicio para solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso si los progenitores optan por dividir este periodo y consultar el estado de esta solicitud. 

Si no dispones de certificado digital o Cl@ve permanente podrás pedir el periodo sucesivo de descanso en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa. Se podrá solicitar presentando este formulario de solicitud de disfrute en múltiples periodos y el resto de documentación. 

Si tienes dudas sobre cómo solicitar este permiso, puedes consultar la guía práctica de la Seguridad Social, que incluye un vídeo explicativo paso a paso. 

¿se tiene derecho a los dos días del ET? 

El permiso por nacimiento de 2 días, 4 en caso de desplazamiento, recogidos anteriormente en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores ha sido eliminado al aumentar el “permiso de paternidad” y equipararlo al de la madre biológica. 

¿Cuándo es nulo el despido tras el permiso por nacimiento, antes de maternidad o paternidad? 

La nueva regulación también modifica este aspecto. Tras la incorporación de las personas trabajadoras, tanto de la madre como el otro progenitor, a su puesto de trabajo, hay 12 meses, no 9, durante los cuales la extinción del contrato o el despido será nulo. Esta protección de 12 meses tras la incorporación por la suspensión de contrato por nacimiento o adopción se aplica también a guarda o acogimiento. 

Permisos de maternidad y paternidad a nivel europeo 

El permiso de paternidad ha ido aumentando progresivamente en los últimos años. Se aprobó una licencia para los padres por primera vez en 2007, de 13 días más los dos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores. En 2017 pasó a ser de cuatro semanas y cinco en 2018, ocho semanas en 2019, 12 en 2020 y ahora, 16. 

Pero la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción (PPiiNA), que impulsó la consecución de este derecho en España, aún critica algunos puntos, como que las seis primeras semanas tengan que cogerse simultáneamente, y que las 10 semanas restantes se disfrutarán, “en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo”. 

Sin duda es un paso muy importante, pero aún quedan derechos por lograr proporcionar a nuestros hijos el mejor cuidado, sin que se penalice a las madres. El permiso de maternidad apenas ha sufrido cambios en los últimos 30 años, por lo que diversas asociaciones y colectivos continúan reivindicando que se mejore. 

Ellas siguen siendo las que más se ausentan del trabajo cuando los niños enferman o los que piden excedencias para cuidarlos. Según los datos de septiembre de la Seguridad Social, de cada 10 personas que solicitan excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar, entre ocho y nueve son mujeres. En concreto, de las 43.855 excedencias solicitadas, el 87,6% las han pedido mujeres. 

Aunque desde el 1 de enero los padres españoles van a disponer de uno de los permisos por paternidad más largos de Europa, las 16 semanas suponen uno de los permisos maternos más cortos. La duración total de los permisos entre ambos progenitores en los países del norte de Europa sí superan a la española, pero suelen incluir varias semanas que pueden coger uno u otro. Por eso, al ser transferibles, los suele usar la mujer. Es el caso de Finlandia, que cuenta con un permiso de maternidad de 105 días y uno de paternidad de 54 días. Sin embargo, solo el 11 por ciento de los padres disfruta del total de su baja. 

Por eso, aún tenemos que aumentar los permisos para la madre, ya que los cuatro meses se quedan cortos para poder llegar a los seis meses de lactancia recomendados por la Organización Mundial de la Salud. 

Pero vayamos paso a paso: de momento esta equiparación del permiso de maternidad y paternidad es una oportunidad.

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